jueves, 18 de enero de 2018

Bolsas de plástico (II)


Como no podía ser de otra manera, y sin entrar que en España las CCAA tienen transferidas competencias, hay que decir que cuando Navarra ha legislado en esta materia, copia el contenido del artículo 5 al que he hecho referencia anteriormente. 

Bolsas de plástico


De unos años para atrás ha sido frecuente pagar por las bolsas de plástico, especialmente en las grandes superficies. Sin embargo, en las tiendas de barrio, lo habitual ha sido que fueran entregadas gratuitamente al cliente. Mi sorpresa radica como en las últimas fechas, se ha empezado a cobrar por las bolsas en las tiendas donde antes no se hacía. Ante la pregunta de porqué empezaban a cobrar ahora,  la respuesta en la mayoría de los casos era la misma: "La normativa europea así lo impone".

Aquí es cuando he empezado a investigar, y he visto como en unos medios de comunicación, no todos, noticiaban que a partir del 1 de enero de 2018 sería obligatorio el cobro de las bolsas de plástico, con el fin de evitar la contaminación en el medio ambiente.

Efectivamente, si que hay normativa europea en la que se impone esta obligación, como es la Directiva 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015. Aquí es donde debemos hacer un primer análisis: cuales son las normas vinculantes que emanan de las instituciones europeas: Reglamentos (tienen alcance  general, obligatorios en todos sus elementos y directamente aplicable en cada estado miembro); Decisiones (norma similar al Reglamento, si bien el destinatario de la misma no son todos los estados miembros, sino que pueden ser uno o varios estados, o incluso una o varias personas personas físicas o jurídicas). Por último tenemos las Directivas, que son normas que vinculan al Estado, y son éstos los que escogerán las forma y los medios para dar cumplimiento a la Directiva.

Por lo tanto, normativa europea existe, y para dar cumplimiento a la misma el poder ejecutivo español elaboró un Proyecto de Real Decreto, que tras la información pública, y por las observaciones y comentarios se ha elaborado una segunda versión (Proyecto del Real Decreto sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores de Productos, de fecha 25 de julio de 2017).

En el citado Proyecto de Real Decreto se establece en su artículo 5º que, a partir del 1 de marzo de 2018: a) "Se prohibe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los punto de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras, b) Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor, c) Asimismo los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en lugar visible".

Por lo tanto, hasta el 1 de marzo de este año, será el propio comerciante el que libremente cobrará o no por la bolsa de plástico, sin que se pueda alegar que lo impone la normativa de la Unión Europea, que como hemos visto, al tratarse de una Directiva, ésta vincula al Estado, no a particulares, sean o no comerciantes.